¿RENTA TEMPORAL DE DEPARTAMENTOS AMUEBLADOS, LO ASEGURAS COMO CASA HABITACION? - INCIDE
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17 Feb ¿RENTA TEMPORAL DE DEPARTAMENTOS AMUEBLADOS, LO ASEGURAS COMO CASA HABITACION?

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SERVICIO DE HOSPEDAJE EN CASAS DE HUESPEDES Y DEPARTAMENTOS AMUEBLADOS TIENE SU PROPIO GIRO Y DEBE ASEGURARSE COMO TAL.

En los últimos tiempos se está teniendo un boom  para rentar departamentos amueblados desde un día hasta más de 30 días, y en muchos casos construyen o adecuan su residencia familiar  para este fin, o inclusive construyen en los terrenos de sus casas y en segundos pisos.

Si se tiene Asegurado  es muy importante que se especifique en la póliza que son para  uso rentas temporales, como Agente de Seguros debemos de informar a nuestros Asegurados que la póliza tendrá un costo mas alto que el de un Seguro de Casa habitación normal ya que en caso de suscitarse un siniestro y lo provoca un huésped no estarán cubiertos si no están especificados en este giro.

Actualmente las Aseguradoras cuentan con Pólizas de Protección diseñadas  para este tipo de Departamento que en muchos casos los rentan  en la plataforma de AIRBNB

Las coberturas son las mismas que una casa habitación, la única diferencia que se hace es la cobertura de R.C. ya que estarían asegurados los huéspedes para en caso de robo y accidentes dentro de estos inmuebles.

Importante especificar el numero de Departamentos que se tienen, la descripción de ellos, si son de concreto, tipo de muros y si son en playas especificar la línea de rompimiento de las olas que pueden ser ubicadas a más 250 o de 500 metros o inclusive de laguna o rio.

Especificar el número de pisos  y  Esquema de indemnización que puede ser a  Primer Riesgo Absoluto.

LA COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL tiene sus sublimites como aquí se los anoto.

La  Suma asegurada puede ser  Límite Único y Combinado (LUC)

El límite máximo de responsabilidad de la Compañía para todas y cada una de las coberturas y ubicaciones amparadas en la presente sección, se encuentra comprendido en la suma asegurada LUC de

Carga y Descarga Amparada,    

Equipaje y Efectos de Huéspedes.

− Sublímite por evento

− Sublímite por prenda

− Sublímite por evento

Estacionamiento sin Acomodadores; Daño material:  deducible 5.00 % sobre el valor comercial de la unidad mínimo de 50.00 D.S.M.G.V.

Robo: deducible 10.00 % sobre el valor comercial de la unidad mínimo

de 100.00 D.S.M.G.V.

Rotura de Cristales: deducible  20.00 % del valor de cristal o cristales

−Límite máximo de indemnización  por cajón 

−No. de cajones importante que estén especificados en la póliza.

Graciela Rodríguez Gutiérrez

Es Licenciado en Administración de Empresas

Agente de Seguros

Agente Mandatario de Fianzas

Diplomado en LUTC FELLOW

Actualmente Director de Distrito Pacífico Sonora y Sinaloa de AMASFAC

Ex-Presidente de AMASFAC, Sección Hermosillo

Ex-Vicepresidente AMASFAC, Sección Hermosillo

Ex-Tesorera AMASFAC, Sección Hermosillo

gracielasegfian@hotmail.com

Celular 6621140142

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